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¿Puede tu Comunidad obligarte a quitar una bandera?

guia completa para un administrador de fincas

Una bandera de España.
🏳️ Una bandera autonómica.
⚽ La de tu equipo.
🗳️ Un símbolo político.
✊ Un símbolo ideológico


¿Puede la comunidad decirte que la retires?

La respuesta no es simplemente sí o no.

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La primera cuestión es saber dónde está colocada la bandera.

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No es lo mismo colocarla en el interior de tu vivienda que instalarla sobre la fachada, un balcón o cualquier elemento común.

La fachada, incluidos determinados elementos exteriores de balcones y ventanas, tiene consideración de elemento común, y la Ley de Propiedad Horizontal limita las actuaciones que puedan alterar la configuración o el estado exterior del edificio.

Pero hay otra cuestión todavía más interesante:

⚖️ ¿Y SI LA BANDERA TIENE SÍMBOLOS FRANQUISTAS?

Aquí hay que tener mucho cuidado.

La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, contempla determinados símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática y establece mecanismos para su retirada.

Pero la comunidad de propietarios no se convierte por ello en una Administración con potestad sancionadora.

La propia Ley establece un procedimiento administrativo para la retirada de los elementos incluidos en su ámbito: intervención de la Administración competente, audiencia de los interesados y resolución. Incluso las multas coercitivas previstas para ejecutar una retirada corresponden a la Administración competente.

Además, la Ley distingue entre elementos situados en edificios públicos, en la vía pública y determinados elementos ubicados en edificios privados con proyección a un espacio o uso público. Por tanto, no puede afirmarse que cualquier símbolo político o franquista colocado en un balcón privado deba retirarse automáticamente por aplicación de la Ley de Memoria Democrática.

💡 Entonces, ¿qué puede hacer la comunidad?

Puede actuar si existe una cuestión propia de propiedad horizontal: por ejemplo, una alteración de un elemento común, una modificación de la fachada, daños, molestias o incumplimiento de las normas comunitarias.

Pero una cosa es que la comunidad pueda defender sus elementos comunes y otra muy distinta es que pueda atribuirse competencias administrativas que la Ley no le concede.

Y aquí está la clave:

Que algo pueda ser contrario a una determinada normativa no significa que la comunidad de propietarios tenga automáticamente la competencia para sancionarlo o retirarlo.

⚖️ En Derecho, tan importante como saber qué está prohibido es saber quién tiene competencia para actuar.

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