¿Puede la comunidad reclamarte daños causados por tu inquilino? Claves legales que todo propietario debe conocer
Muchos propietarios adquieren viviendas como inversión, destinándolas al alquiler residencial o vacacional. Pero, ¿qué ocurre si el inquilino provoca daños en las zonas comunes del edificio?
Aunque no residas en la vivienda, la Ley de Propiedad Horizontal te obliga, como propietario, a respetar y velar por el buen uso de los elementos comunes. En este sentido, distintos criterios legales coinciden en que puedes ser considerado responsable, de forma solidaria con el arrendatario, si se cumplen ciertas condiciones:
- La comunidad te ha notificado los hechos y no has actuado.
- Has adoptado una actitud pasiva frente a comportamientos molestos o dañosos.
- Existe una relación directa entre esa falta de acción y el perjuicio ocasionado.
Esto se conoce como «culpa in vigilando» y puede dar lugar a una responsabilidad extracontractual, según el artículo 1903 del Código Civil.
El Tribunal Supremo ha analizado esta cuestión en diversas sentencias, concluyendo que, en principio, el responsable directo es quien habita la vivienda (el inquilino). No obstante, el propietario puede acabar asumiendo los daños si no demuestra diligencia.
¿Qué puedes hacer como propietario?
✅ Incluir en el contrato de arrendamiento una cláusula que obligue al inquilino a hacerse cargo de los daños en zonas comunes.
✅ Contratar un seguro que cubra este tipo de incidencias.
✅ Atender rápidamente cualquier comunicación de la comunidad sobre comportamientos indebidos o desperfectos causados.
👉 La prevención es tu mejor aliada para proteger tu patrimonio y evitar conflictos legales innecesarios.